2/4/2026
Senado aprueba texto definitivo de la nueva Ley de Desalinización
Con fecha 26 de marzo de 2026, el Senado aprobó el texto definitivo de la nueva Ley de Desalinización, la cual deberá ser promulgada y publicada en el Diario Oficial para el cómputo de su entrada en vigencia.
La ley introduce un marco regulatorio específico para el desarrollo de proyectos de desalinización de agua de mar en Chile, estableciendo nuevas categorías concesionales, reglas de operación, fiscalización y criterios de política pública en la materia.
Entre sus principales disposiciones, destacan las siguientes:
Nueva concesión de desalinización
Se crea una categoría especial denominada “Concesión de desalinización de agua de mar”, cuyo otorgamiento será competencia del Ministerio de Defensa. Su regulación supletoria se remite a la Ley sobre Concesiones Marítimas (DFL 340/1960).
Servidumbre especial de desalinización
Se reconoce el derecho del concesionario a constituir servidumbres legales para la construcción y operación de plantas, conducción de aguas desalinizadas o salinas y obras asociadas, sobre predios de terceros, a su costo. Estas podrán constituirse mediante escritura pública o resolución judicial.
Requisitos reforzados para el otorgamiento
Se establecen exigencias específicas de carácter sustantivo y procedimental, incluyendo la necesidad de contar con un informe técnico de la Dirección General de Aguas, el cual tendrá carácter vinculante para efectos de resolver solicitudes de otorgamiento o renovación.
Fiscalización y sanciones
Se otorgan a la Dirección General de Aguas facultades de fiscalización y sanción respecto del cumplimiento de las condiciones de las concesiones y de las instrucciones técnicas aplicables. Las infracciones se clasifican en leves, graves y gravísimas, contemplándose multas de hasta 10.000 UTA y la caducidad de la concesión en caso de reiteración de infracciones gravísimas.
Régimen de término y caducidad
Se incorpora un catálogo expreso de causales de término, incluyendo la caducidad por inactividad cuando no se inicien las obras dentro de dos años desde el acta de entrega. Este plazo podrá suspenderse mientras se tramiten permisos ambientales u otros necesarios, con un máximo de cuatro años.
Evaluación ambiental obligatoria
Se establece la obligatoriedad de someter a evaluación ambiental los proyectos de desalinización de carácter industrial y aquellos que impliquen extracción intensiva de agua de mar.
Estrategia Nacional de Desalinización
La ley contempla la elaboración de una Estrategia Nacional de Desalinización, que incidirá en la definición de criterios de prioridad para el otorgamiento y condiciones de las concesiones.
Régimen aplicable a concesiones existentes
Las concesiones marítimas otorgadas con anterioridad mantendrán sus condiciones mientras se encuentren vigentes. No obstante, quedarán sujetas a las nuevas reglas de fiscalización, sanción, término y caducidad, pudiendo además solicitar su modificación o renovación conforme al nuevo marco legal.
Entrada en vigencia
La ley entrará en vigencia 18 meses después de su publicación en el Diario Oficial, salvo las disposiciones relativas a la Estrategia Nacional de Desalinización, que comenzarán a regir una vez dictado su reglamento.