El 24 de mayo de 2025 se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.746, que modifica la Ley N°20.585 sobre otorgamiento y uso de licencias médicas, con el objetivo de reforzar las facultades de fiscalización de la SUSESO y COMPIN, y establecer nuevas sanciones administrativas y penales.
Aspectos clave:
- Emisión de licencias: Solo podrán emitirlas médicos cirujanos, dentistas y matronas inscritos en el Registro Nacional de Prestadores de Salud. Los médicos titulados desde abril de 2009 deberán haber aprobado el EUNACOM.
- Formato electrónico: Se establece como regla general la emisión electrónica de licencias.
- Fiscalización: Se refuerzan las facultades de COMPIN y SUSESO, incluyendo sanciones por emitir licencias sin justificación médica.
- Sanciones: Multas de hasta 600 UTM, suspensión o cancelación de facultad de emisión de licencias, y cancelación de registro profesional. Penalmente, se sanciona la emisión y uso fraudulento de licencias con penas de presidio y multas de hasta 1.000 UTM. Posibilidad de responsabilidad solidaria del prestador institucional.
- Registros públicos: La SUSESO publicará las sanciones impuestas, las cuales también deberán ser publicadas y exhibidas por prestadores. Asimismo, la SUSESO publicará cifras promedio de emisión de licencias por profesional.
- Plazos relevantes:
- Entrada en vigencia: 24 de mayo de 2025.
- SUSESO deberá dictar normas de implementación antes del 24 de julio de 2025.
- Registro obligatorio de prestadores hasta el 22 de agosto de 2025.
- Exigencia de EUNACOM desde el 24 de mayo de 2026.