Insights

7/5/2026

Publican decreto que establece metas de recolección y valorización de residuos de pilas y aparatos eléctricos y electrónicos

Publican decreto que establece metas de recolección y valorización de residuos de pilas y aparatos eléctricos y electrónicos 

Con fecha 7 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo N°22/2025 del Ministerio del Medio Ambiente (“Decreto”), mediante el cual se establecen metas de recolección y valorización, junto con otras obligaciones asociadas a las pilas y aparatos eléctricos y electrónicos (“AEE”), en el marco de la Ley N°20.920, que establece el marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje (“Ley REP”). 

Entre los aspectos más relevantes del Decreto, destacan los siguientes: 

1.- Ámbito de aplicación y productos prioritarios.

El Decreto aplica a las pilas y a los AEE que se introduzcan en el mercado nacional. Para estos últimos, contempla tres categorías: (i) aparatos de intercambio de temperatura (“AIT”); (ii) paneles fotovoltaicos (“PFV”); y (iii) otros aparatos eléctricos y electrónicos. Se excluyen, entre otros, los AEE destinados a la seguridad nacional, herramientas industriales fijas de gran envergadura, medios de transporte y maquinaria móvil fuera de ruta de uso profesional. 

2.- Metas de recolección y valorización.

El Decreto establece una meta general progresiva para pilas y AEE, que comienza en un 3% el primer año y alcanza un 45% a contar del décimo año. Además, fija metas específicas para AIT, desde un 6% el tercer año hasta un 30% a contar del noveno año, y para PFV, desde un 10% el tercer año hasta un 50% a contar del décimo año. 

3.- Obligaciones asociadas y otras disposiciones.

Los comercializadores de pilas y/o AEE con instalaciones de superficie superior a 400 m² deberán convenir con un sistema de gestión para recibir estos residuos sin costo. Asimismo, el Decreto establece limitaciones a la presencia de mercurio y cadmio en pilas internadas al país. 

El Decreto entró en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial. Las metas de recolección y valorización comenzarán a regir transcurridos 24 meses desde dicha publicación. 

Descargar PDF
La información contenida en esta alerta fue preparada por Carey y Cía. Ltda. sólo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.
Autores: Julio Recordon; Manuel José Barros; Matías Palma