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2/3/2026

PFAS: La litigación que se avecina

En los últimos años, las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) han pasado a ocupar un lugar relevante en la agenda regulatoria y judicial a nivel internacional, principalmente debido a su persistencia en el medio ambiente y a los potenciales efectos adversos asociados a una exposición prolongada.

Los PFAS corresponden a un amplio grupo de compuestos químicos considerados tóxicos en diversas jurisdicciones, utilizados por sus propiedades antiadherentes, impermeabilizantes y de resistencia al calor. Se encuentran presentes en una amplia gama de productos de uso cotidiano, tales como utensilios de cocina, envases, textiles, cosméticos y espumas contra incendios.

Distintos organismos internacionales, entre ellos la Agencia Europea de Medioambiente, han señalado que la exposición sostenida a estas sustancias se ha asociado a diversos riesgos para la salud, incluyendo daños hepáticos, enfermedades tiroideas, infertilidad, obesidad e incluso ciertos tipos de cáncer. En este contexto, tanto Estados Unidos, Australia, como la Unión Europea han avanzado en regulaciones progresivamente más estrictas, orientadas a limitar su uso, fabricación y comercialización.

Tendencia internacional: desarrollo regulatorio y litigioso

De forma paralela al avance regulatorio, en distintas jurisdicciones se ha observado un incremento sostenido de litigios vinculados a la contaminación por PFAS, incluyendo demandas individuales y acciones colectivas. En varios casos, estos procesos han derivado en indemnizaciones de magnitud significativa, consolidando a los PFAS como un factor relevante de riesgo legal y reputacional.

La experiencia comparada muestra que, en determinados contextos, la litigación ha precedido o acompañado el desarrollo normativo, impulsada por estudios científicos, investigaciones públicas y acciones promovidas por consumidores, comunidades afectadas y autoridades.

Escenario chileno: ausencia normativa y riesgo latente

En Chile, no existe actualmente una normativa específica que regule el uso, comercialización o disposición de PFAS, ni se registran litigios judiciales en curso directamente asociados a estas sustancias.

Sin perjuicio de ello, su eventual presencia en productos disponibles en el mercado local y en ecosistemas nacionales, junto con la evolución observada en otras jurisdicciones, permite prever que la discusión jurídica podría intensificarse a medida que se consolide mayor información técnica y regulatoria.

Vías jurídicas que podrían activarse en Chile

En ausencia de una regulación especial, los eventuales conflictos asociados a PFAS podrían estructurarse sobre la base de marcos legales generales vigentes, entre ellos:

  • Responsabilidad civil extracontractual: Acciones indemnizatorias por daños atribuidos a la exposición a PFAS, dirigidas contra fabricantes, importadores o comercializadores, sujetas a la acreditación de daño, culpa o dolo, relación de causalidad y antijuridicidad.
  • Protección de los consumidores: La legislación de consumo reconoce el derecho a la seguridad en el consumo de bienes y servicios, así como a la protección de la salud y del medio ambiente. Podrían configurarse infracciones por fallas en la seguridad del producto, omisiones de información relevante o ausencia de advertencias en productos potencialmente riesgosos. Tratándose de este tipo de productos, la ley contempla sanciones que pueden alcanzar multas de hasta 2.250 UTM, además de acciones indemnizatorias. En caso de afectación del interés colectivo o difuso, las acciones podrán ser ejercidas por el SERNAC, asociaciones de consumidores o grupos de afectados en número no inferior a 50 personas.
  • Responsabilidad por daño ambiental: Ante la eventual acreditación de daño ambiental, podrán interponerse acciones de reparación ante los Tribunales Ambientales, sin perjuicio de las acciones civiles indemnizatorias correspondientes, ejercidas por particulares, municipalidades o el Estado, a través del Consejo de Defensa del Estado.

Estos regímenes no son excluyentes entre sí, lo que puede dar lugar a escenarios litigiosos de cierta complejidad.

Desde Carey seguimos de cerca la evolución de este tema, tanto a nivel regulatorio como judicial, con el propósito de anticipar riesgos legales y reputacionales, identificar eventuales iniciativas normativas y acompañar a nuestros clientes en la preparación temprana frente a posibles escenarios litigiosos vinculados a PFAS.

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La información contenida en esta alerta fue preparada por Carey y Cía. Ltda. sólo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.
Autores: Roberto Villaseca; Manuel José Barros