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7/8/2026

Modificación al Reglamento del SEIA se somete a consulta pública

El 31 de julio de 2026 se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°4.157 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el anteproyecto de modificación del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) y da inicio a su proceso de consulta pública.

La propuesta busca actualizar determinados criterios y umbrales de ingreso al SEIA aplicables a proyectos de desarrollo minero y proyectos inmobiliarios.

Aspectos principales

Proyectos de desarrollo minero

Se propone aumentar el umbral de ingreso al SEIA para proyectos de desarrollo minero, estableciéndolo en una capacidad de extracción de mineral superior a 40.000 toneladas mensuales.

Asimismo, se amplía el alcance de la excepción que permite excluir del SEIA determinados proyectos de reprocesamiento y valorización de residuos masivos mineros desarrollados en faenas que ya cuentan con una Resolución de Calificación Ambiental (“RCA”) favorable y vigente.

Prospecciones mineras

Se propone aumentar los umbrales de ingreso al SEIA aplicables a las prospecciones mineras, considerando:

  • 160 o más plataformas para las regiones comprendidas entre Arica y Parinacota y Coquimbo.
  • 40 o más plataformas para las regiones comprendidas entre Valparaíso y Magallanes y la Antártica Chilena.

Proyectos inmobiliarios

Para proyectos inmobiliarios ubicados en zonas latentes o saturadas, se propone que, al determinar el umbral de ingreso correspondiente al emplazamiento en una superficie superior a 7 hectáreas, se considere únicamente la superficie predial intervenida.

Además, se incorpora una excepción para proyectos ubicados en zonas que cuenten con un Plan de Prevención o Descontaminación Atmosférica vigente y con un programa de compensación de emisiones aprobado.

En estos casos, quedarían excluidos del ingreso al SEIA los proyectos que contemplen menos de 14 hectáreas intervenidas o menos de 700 viviendas.

Consulta pública

La propuesta estará sometida a consulta pública hasta el 11 de septiembre de 2026.

Durante este período, cualquier persona natural o jurídica podrá formular observaciones fundadas a través de la plataforma electrónica habilitada por la autoridad o por escrito ante el Ministerio del Medio Ambiente o las respectivas Secretarías Regionales Ministeriales de Medio Ambiente.

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La información contenida en esta alerta fue preparada por Carey y Cía. Ltda. sólo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.
Autores: Julio Recordon; Manuel José Barros; Mikaela Oberpaur