Alertas Legales

Actualización permisos y trámites en línea en materia minera por pandemia de covid-19
14 de abril de 2020


Además de las medidas que benefician a todas las industrias, especialmente en materia laboral y tributaria, la minería ha sido objeto de algunos permisos y trámites específicos.

Salvoconductos Colectivos.

La Sección II del Instructivo de Salvoconductos, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de fecha 23 de marzo de 2020, enumera los casos excepcionales en que trabajadores y prestadores de servicios pueden solicitar salvoconductos para movilizarse en el cumplimiento de sus funciones (incluidos los traslados entre su lugar de residencia y el de trabajo) durante el horario de toque de queda (de 22.00hrs a 5.00hrs), incluyéndose a las empresas mineras y relacionadas, expresamente, en el literal T de dicha sección.

Este permiso tendrá aplicación para todo el territorio nacional, una vigencia de 15 días y debe acotarse únicamente al personal necesario para aquellas funciones, tareas, procesos o áreas de gestión o servicio de la organización que no pueden suspenderse por resultar imprescindibles para garantizar la prestación de los servicios de esta industria.

El representante de la compañía podrá solicitarlo visitando el sitio web www.comisariavirtual.cl, ingresando su Clave Única del Registro Civil o número de documento de su cédula de identidad; o acudiendo personalmente a una comisaría.

También se podrá enviar un correo electrónico a comisaria.virtual@carabineros.cl y solicitar una clave especial para este propósito. En este correo deberán individualizar a la o las personas representantes de la empresa (máximo cuatro) a cargo de la tramitación de los salvoconductos colectivos, con su nombre completo, cédula de identidad, cargo y correo electrónico institucional. Además, en el correo electrónico deberán adjuntar el e-RUT de la empresa. Recibida esta información se remitirán las claves con nombre de usuario y contraseña.

Ante la alta demanda de este trámite, los representantes legales de las empresas podrán designar a cuatro usuarios, para que cada uno de ellos tramite con Clave Única el salvoconducto respectivo.

Una vez obtenido el certificado deberá enviarse a todos los funcionarios mencionados para que puedan exhibir el documento, ya sea en soporte físico o digital1.

Permisos de Desplazamiento: Instrucciones para su Solicitud en la Industria Minera.

Además de los salvoconductos, otorgados para circular durante el horario de toque de queda, y que tienen aplicación para todo el territorio nacional, sólo para aquellas comunas sujetas a cuarentena total decretada por el Gobierno, el Ministerio del Interior y de Seguridad Pública emitió un Instructivo para Permisos de Desplazamiento, cuya última actualización fue publicada el día 3 de abril de 2020. Este instructivo establece cuáles son las industrias respecto de las cuales sus trabajadores y colaboradores podrán continuar circulando en dichas comunas, fuera del horario de toque de queda (es decir, entre las 5.00hrs y las 22.00hrs).

Dicho instructivo, en su numeral 10.b, incluye a las personas que se desempeñen en aquellas actividades que por su naturaleza no pueden detenerse y cuya interrupción genera una alteración para el funcionamiento del país, lo cual será debidamente determinado por la autoridad competente.

En consecuencia, siendo consideradas las empresas mineras y sus contratistas como parte de aquellas industrias que proveen servicios básicos, de utilidad pública o alta valoración social, que no pueden detenerse sin generar una alteración importante en el funcionamiento del país, con fecha 30 de marzo de 2020 el Ministerio de Minería publicó un protocolo para detallar la aplicación a la industria minera del numeral 10.b mencionado.

Dado el carácter restrictivo de la excepción señalada y las facultades discrecionales de la autoridad competente, para posibilitar el cumplimiento de las funciones de los trabajadores y prestadores de servicios de la minería (incluidos los traslados entre su lugar de residencia y el de trabajo) en áreas bajo cuarentena territorial y cordones sanitarios fuera del horario de toque de queda, se agregó como requisito adicional la solicitud de este permiso mediante una resolución suscrita por el Subsecretario del Interior.

La vigencia de este permiso es indefinida. Para su obtención, se requiere a las empresas mineras informar al Subsecretario de Minería, en conjunto con la solicitud de desplazamiento:

A.- La dotación, y cuánto reducirá (%) dicha dotación para una continuidad operacional mínima:

  1. La empresa minera; y
  2. Los contratistas (por cada uno de ellos).

B.- Cómo la empresa minera reducirá los traslados, tanto de su personal propio, como de contratistas (turnos, priorización trabajadores locales u otras medidas).

Mediante esta información, la autoridad busca que las empresas justifiquen que las funciones que cumplen esos trabajadores son esenciales para la continuidad de la operación.

Cada empresa minera deberá enviar su solicitud al correo electrónico del Subsecretario de Minería, Sr. Ricardo Irarrázaval (rirarrazabal@minmineria.cl) con copia a su Jefe de Gabinete, Sr. Jaime Flores (jflores@minmineria.cl) y a la Jefa de la División Jurídica del Ministerio de Minería, Sra. María Luisa Baltra (mlbaltra@minmineria.cl), incorporando también y en su caso, las solicitudes de los respectivos contratistas, bajo los mismos estándares de la propia empresa. En el cuerpo de dicho correo electrónico, se deberán responder las dos preguntas del protocolo, adjuntando una tabla en formato Excel con los siguientes datos:

  1. Nombre de la empresa minera;
  2. RUT de la empresa minera;
  3. Nombre del contratista y descripción de sus servicios;
  4. RUT del contratista;
  5. Dirección de las dependencias donde se ejecutarán las labores de los trabajadores autorizados; e
  6. Información de los trabajadores respecto de los cuales se está solicitando la autorización (nombre, cargo, cédula de identidad y domicilio).

La resolución deberá enviarse a todos los funcionarios mencionados para que puedan exhibir el documento, ya sea en soporte físico o digital, junto con su cédula de identidad y la credencial de la empresa.

Trámites Online ante el Servicio Nacional de Geología y Minería.

El Servicio Nacional de Geología y Minería (“SNGM”) ha dispuesto nuevos links en el sitio web de la Subdirección Nacional de Minería2 especial para efectuar algunos trámites a través de su página de Internet, adicionales a los ya disponibles. Las gestiones que se pueden realizar por esta vía son las siguientes, según el Departamento a cargo:

A.- Departamento de Evaluación de Proyectos, Gestión Ambiental y Cierre de Faenas

  1. Presentación, revisión, pronunciamiento de proyectos mayores y menores a 5000 TPM.
  2. Presentación, revisión, pronunciamiento de depósitos de relaves.
  3. Presentación, revisión, pronunciamiento de planes de cierre.
  4. Trazabilidad de revisión de proyectos método explotación.
  5. Trazabilidad de revisión de proyectos plan de cierre.
  6. Revisión y pronunciamiento de Declaración de Impacto Ambiental.
  7. Revisión y pronunciamiento de Estudio de Impacto Ambiental.

B.- Departamento de Fiscalización

  1. Responder medidas correctivas solicitadas por SNGM en fiscalizaciones ya ejecutadas.
  2. Reportar formularios E-100, E-200 y E-300.
  3. Actualizar datos de la empresa (por ejemplo, actualizar dirección o representante legal).
  4. Ingresar los inicios de actividades (Mandantes y Contratistas).
  5. Reglamentos (los que solicita el Reglamento de Seguridad Minera).
  6. Solicitar reapertura de estadísticas de accidentabilidad y/o producción.
  7. Cambio de experto en prevención de riesgo.
  8. Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
  9. Creación libro manifold.
  10. Autorización de vehículos para transporte de explosivos.
  11. Plan de gestión de riesgo.
  12. Inventario de ítem críticos.
  13. Solicitud de inspección conjunta.
  14. Término de actividades.
  15. Ingresar y/o modificar contratos de empresas mineras.
  16. Reportar aviso de accidente.
  17. Ingresar plan de emergencia.

Adicionalmente, se dispone un sitio especial de trámites disponibles3, con información y links para acceder a cada uno de ellos:

  1. Autorización de vehículo para transportar explosivos en faenas mineras.
  2. Autorización de construcción de depósitos de relave.
  3. Solicitud de aprobación de métodos de explotación minera bajo 5000 TPM.
  4. Autorización de iniciación de una faena minera mandante.
  5. Recepción de informes mensuales de accidentabilidad.
  6. Solicitud de rol nacional para explotación.
  7. Solicitud de aprobación de métodos de explotación minera sobre 5000 TPM.
  8. Presentación de proyecto de plan de cierre de faenas e instalaciones mineras de aplicación general (sobre 10000 TPM).
  9. Presentación de proyecto de plan de cierre de faenas e instalaciones mineras de aplicación general (entre 5000 y 10000 TPM).
  10. Presentación de proyecto de plan de cierre de faenas e instalaciones mineras de aplicación general (bajo 5000 TPM).
  11. Recepción de informes mensuales de producción minera.
  12. Postulación para perito mensurador.
  13. Entrega de información de carácter general obtenida de los trabajos de exploración geológica básica.
  14. Oficinas de información, reclamos y sugerencias (OIRS).

Según el trámite a realizar, se requerirá ingresar con la clave única del Registro Civil o con usuarios especialmente obtenidos al efecto.

C.- Departamento de Propiedad Minera

  1. Asignación de Rol para Concesiones de Exploración.
  2. Asignación de Rol para Concesiones de Explotación.
  3. Consulta de Rol Minero de Explotación y Exploración.
  4. Consulta de Pagos Rol Nacional.

Finalmente, el SNGM ha habilitado un procedimiento online para entrega de constancias por la contingencia sanitaria. Los solicitantes de constancia para concesiones mineras de exploración o explotación, pueden remitir las sentencias constitutivas, planos y actas de mensura de forma digital, legibles y en formato PDF (con el nombre de la concesión minera respectiva) al correo: constancias@sernageomin.cl4.

Para aquellos trámites que no pueden realizarse de forma remota, las oficinas de parte del SNGM en regiones (salvo Punta Arenas) funcionarán de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas en todo el país. En Santiago y Punta Arenas, ambas sedes del SNGM funcionarán solo martes y jueves, en los mismos horarios5.

Trámites ante la Comisión Chilena del Cobre.

Las oficinas de la Comisión Chilena del Cobre (“Cochilco”) se encuentran temporalmente cerradas. En razón de ello, no se podrán emitir certificados de origen para efectuar exportaciones hasta el día 23 de abril de 2020, inclusive. Sin embargo, se han dispuesto correos electrónicos para atender necesidades urgentes6.

Desde el día 2 de abril se recibirán antecedentes (documentos de respaldo y certificado) vía email para la emisión de certificados de origen para las exportaciones con destino a MERCOSUR, Colombia, Ecuador y Perú.

 


1 Más información en https://www.carey.cl/salvoconductos-y-autorizaciones/
2 Disponible en https://www.sernageomin.cl/mineria/
3 Información y link para realizar cada trámite disponible en https://www.sernageomin.cl/tramites-sernageomin/
4 El correo electrónico deberá contener en “Asunto” el nombre de la concesión minera o grupo de ellas. Debe indicar el nombre y tipo de la concesión, el rol del expediente judicial y juzgado. Se debe individualizar al solicitante de la constancia respectiva. Además, se deben acompañar la sentencia constitutiva, el plano y/o acta de mensura, todos obtenidos desde el expediente judicial.  En los casos en que se solicite más de una constancia, el interesado deberá adjuntar, de forma independiente, cada set de documentos (sentencia, plano y acta de mensura, según corresponda), acompañada de una tabla o planilla con los antecedentes requeridos precedentemente. Sin perjuicio de lo anterior, no podrá solicitarse más de 10 constancias por correo electrónico (en la medida que el tamaño de los archivos lo permita). La constancia será remitida al correo electrónico del solicitante.
5 Lista de correos electrónicos de las oficinas de parte disponible en https://www.sernageomin.cl/informacion-oficina-de-partes/
6 Disponibles en https://www.cochilco.cl/Paginas/Inicio.aspx



AUTOR: Rafael Vergara.



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