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26/1/2026

Dirección Ejecutiva del SEA publica criterio de evaluación aplicable a proyectos de data centers en el SEIA

Con fecha 20 de enero de 2026, y de acuerdo a lo anunciado en el Plan Nacional de Data Centers 2024–2030, así como con las recientes modificaciones al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”), la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (“SEA”) publicó el documento denominado Criterio de Evaluación: Observancia del criterio de evaluación en el SEIA – Introducción a proyectos de data center (la “Guía).

El objetivo de la Guía es entregar una introducción general a los proyectos de data center, describiendo sus principales componentes, obras y equipamientos, los impactos ambientales asociados y ciertas consideraciones para la elaboración de planes de prevención y planes de emergencia. Asimismo, establece las condiciones bajo las cuales estos proyectos deben ingresar obligatoriamente al SEIA.

En particular, la Guía describe las distintas tipologías de data centers y sus posibles localizaciones, así como las obras y equipos que comúnmente los integran, lo que permite:

(i) evaluar si el proyecto debe someterse al SEIA;
(ii) identificar los Permisos Ambientales Sectoriales (“PAS”) potencialmente aplicables; y
(iii) reconocer los factores que podrían generar impactos ambientales.

Dado que los proyectos de data center no cuentan con una tipología específica de ingreso al SEIA, su evaluación debe realizarse caso a caso, considerando las partes, obras o acciones asociadas a su ejecución. En este contexto, resulta especialmente relevante la modificación al Reglamento del SEIA publicada el 21 de enero de 2026 en el Diario Oficial.

La Guía presenta un análisis orientativo respecto de las principales condiciones que podrían justificar el ingreso de estos proyectos al SEIA, entre ellas:

  • la existencia de infraestructura eléctrica asociada, como líneas de transmisión eléctrica con tensión superior a 23 kV y una longitud mayor a 2 kilómetros, o grupos electrógenos de emergencia y respaldo que superen una potencia de 3 MW; y
  • el manejo de sustancias peligrosas, ya sea por la producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables en determinadas cantidades o por su almacenamiento en volúmenes iguales o superiores a 1.000 toneladas.

Adicionalmente, la Guía identifica, de manera referencial, los potenciales impactos ambientales que los proyectos de data center podrían generar en sus distintas etapas, los que dependerán del contexto territorial y de las características ambientales del entorno. Asimismo, incluye un listado indicativo de los PAS que podrían resultar aplicables, junto con las circunstancias que justificarían su obtención.

La Guía entrará en vigencia a partir de la publicación de su extracto en el Diario Oficial, siendo obligatoria para los proyectos o actividades que se sometan al SEIA con posterioridad a dicha fecha. Sin perjuicio de lo anterior, los proyectos que se encuentren actualmente en evaluación podrán considerarla de manera voluntaria.

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La información contenida en esta alerta fue preparada por Carey y Cía. Ltda. sólo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.
Autores: Julio Recordon; Manuel José Barros; Felipe Wilson