26/2/2026
Corte Suprema de EE.UU. invalida aranceles bajo IEEPA y el gobierno de Trump impone nuevo impuesto aduanero global del 10%
El 20 de febrero de 2026, la Corte Suprema de Estados Unidos declaró inválidos los aranceles generales del 10% y las tasas diferenciadas por país que la Administración había impuesto en 2025 al amparo de la International Emergency Economic Powers Act (“IEEPA”), en el contexto del denominado “Liberation Day”.
El máximo tribunal sostuvo que la facultad para establecer aranceles corresponde al Congreso y que la IEEPA no contiene una delegación expresa que autorice al Presidente a imponer derechos aduaneros. En consecuencia, determinó que las medidas adoptadas excedían las atribuciones presidenciales.
Nuevo impuesto temporal del 10% bajo la Sección 122 del Trade Act
Como respuesta inmediata, el mismo 20 de febrero de 2026, el Presidente Donald Trump emitió una nueva Proclamación Presidencial imponiendo un impuesto temporal del 10% a las importaciones a Estados Unidos. Esta vez, la medida se fundamenta en la Sección 122 de la Trade Act of 1974, que faculta al Presidente para adoptar medidas comerciales temporales —incluyendo aranceles adicionales de hasta 15%— por un plazo máximo de 150 días, ante desequilibrios económicos significativos.
El nuevo impuesto:
- Entró en vigencia el 24 de febrero de 2026.
- Es de 10% y no puede exceder el 15% sin autorización expresa del Congreso.
- Tiene una duración inicial de 150 días, pudiendo ser suspendido, modificado o terminado anticipadamente. Su extensión requiere intervención del Congreso.
Impacto para Chile
Si bien los aranceles del denominado “Liberation Day” fueron declarados inválidos, en la práctica las exportaciones chilenas a Estados Unidos continúan afectas a un recargo adicional del 10%, ahora bajo un fundamento jurídico distinto.
Este impuesto se aplica sobre el arancel base de 0% previsto en el Tratado de Libre Comercio entre Chile y EE.UU., generando un impacto directo en costos de importación a Estados Unidos de productos chilenos.
No obstante, determinados sectores permanecen sujetos a regímenes específicos:
- Productos derivados del cobre: continúa aplicándose el arancel adicional del 50% sobre el valor del contenido de cobre en los productos alcanzados.
- Madera: se mantienen los aranceles establecidos en 2025:
- 10% para madera blanda y aserrada (softwood timber and lumber);
- 30% para productos de madera tapizados; y
- 50% para muebles de cocina y vanitorios de madera, incluidas sus partes.
Tanto el régimen aplicable al cobre como el de la madera continúan bajo revisión por parte de las autoridades estadounidenses, por lo que podrían adoptarse nuevas medidas en el corto o mediano plazo.
Nuestro equipo monitorea activamente la evolución normativa y sus implicancias para exportadores e inversionistas con exposición al mercado estadounidense.