Alertas Legales

Comisión para el Mercado Financiero publica en consulta, nueva normativa para el cómputo del capital regulatorio para bancos
02 de diciembre de 2019


El 19 de noviembre de 2019, la Comisión para el Mercado Financiero publicó, para fines de consulta pública, una propuesta de modificación a su Recopilación Actualizada de Normas, mediante la dictación de un nuevo Capítulo 21-1, el cual establece las reglas que los bancos deberán observar para determinar su patrimonio efectivo, con la finalidad de dar cumplimiento a los requisitos legales establecidos en la Ley General de Bancos (la “Nueva Normativa”).

La Nueva Normativa toma en consideración las modificaciones1 que fueron introducidas en enero de 2019 a la Ley General de Bancos, en conformidad con los lineamientos de Basilea III, y en este sentido, adopta la terminología empleada por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea para definir tres diferentes niveles de capital:

i.-   El capital ordinario nivel 1 (CET1, por sus siglas en inglés);
ii.-  El capital adicional nivel 1 (AT1, por sus siglas en inglés), y
iii.- El capital nivel 2 (T2, por sus siglas en inglés).

En conformidad con las disposiciones de la Nueva Normativa, el capital básico de los bancos será igual a CET1, después de ciertas deducciones que corresponden al valor de activos cuyo valor económico es considerado bajo o incierto, o de difícil liquidación en escenarios de estrés financiero. Adicionalmente, el patrimonio efectivo de los bancos será la suma de (i), (ii) y (iii), después de dichas deducciones.

La Nueva Normativa entrará en vigor el 1 de marzo de 2020, aunque considera una aplicación gradual de sus disposiciones hasta el 1 de diciembre de 2024, donde deberá encontrarse completamente implementada.

El período de consulta se mantendrá abierto hasta el 17 de enero de 2020.

 


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AUTORES: Diego Peralta, Diego Lasagna.



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