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31/7/2026

Banco Central habilita el uso de tarjetas de pago en sistemas de transporte público masivo

El Banco Central de Chile emitió la Circular N°3013-992, que modifica el Capítulo III.J.1 del Compendio de Normas Financieras para permitir el uso de tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos como medio de pago en sistemas de transporte público masivo mediante mecanismos de validación fuera de línea (offline), incluyendo tarjetas emitidas en el extranjero habilitadas para operar en Chile.

La modificación constituye un paso relevante en la modernización del sistema de pagos chileno, al habilitar un modelo de aceptación de tarjetas ampliamente utilizado en otras jurisdicciones y ampliar las alternativas de pago disponibles para los usuarios del transporte público.

Aspectos clave

  • Se habilita el uso de tarjetas de crédito, débito y con provisión de fondos en sistemas de transporte público mediante validación offline.
  • La modalidad podrá utilizarse también con tarjetas emitidas en el extranjero habilitadas para operar en Chile.
  • Se establecen requisitos operacionales, incluyendo liquidación diaria de transacciones, validación de autenticidad y vigencia de las tarjetas y utilización de listas de denegación para tarjetas bloqueadas o sin fondos suficientes.
  • Se regula el tratamiento de transacciones rechazadas y de los saldos insolutos generados bajo este esquema.
  • Se asigna a los operadores de tarjetas la responsabilidad por las transacciones efectuadas fuera de línea y se regulan los mecanismos para la cobertura de los saldos insolutos generados por viajes realizados sin saldo suficiente.
  • Los emisores podrán excluir determinadas tarjetas de esta modalidad por razones de gestión de riesgos, debiendo informar oportunamente a sus clientes y al público.
  • Se incorporan nuevas obligaciones periódicas de reporte para los emisores de tarjetas ante la Comisión para el Mercado Financiero y el Banco Central.
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La información contenida en esta alerta fue preparada por Carey y Cía. Ltda. sólo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.
Autores: Fernando Noriega; Agustín Domínguez