Alertas Legales

Avanza Proyecto de Ley de Protección de Datos Personales
05 de enero de 2024


El pasado 03 de enero, la Sala del Senado aprobó con 32 votos a favor, el Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (“el Informe”), recaído en el Proyecto de Ley que regula la protección y el tratamiento de los Datos Personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales (Boletín N°11144-07/11092-07) (“el Proyecto”).

No obstante la aprobación del Informe respecto a las enmiendas y propuestas de la Cámara de Diputados, se rechazaron 24 de estas. Así, el Proyecto concluye su tercer trámite constitucional y pasa a Comisión Mixta (“la Comisión”), que revisará los artículos que suscitaron conflicto entre ambas Cámaras.

En términos generales, las modificaciones rechazadas guardan relación con el ámbito de aplicación territorial, definiciones y principios, fuentes de licitud del tratamiento, el tratamiento y transferencia de los datos personales, el ejercicio de los derechos de los titulares de datos personales, y las infracciones y sanciones asociadas.

Dentro de los puntos más relevantes, es posible mencionar los siguientes:

  • Ámbito de aplicación territorial: se rechazó la regulación de la aplicación territorial del Proyecto propuesta por la Cámara de Diputados, en cuanto a las disposiciones aplicables tanto a responsables o mandatarios.
  • Definición de dato personal y datos personales sensibles: dentro de las distintas definiciones del Proyecto, se rechazaron las modificaciones relativas a los conceptos de “dato personal” y “datos personales sensibles”, particularmente en lo referido a la eliminación de la categoría de “dato personal” de aquellos casos en que el esfuerzo de identificación sea desproporcionado, y a la enumeración de los “datos personales sensibles”.
  • Principio de finalidad: se rechazó la propuesta de la Cámara, en relación con la eliminación de los datos provenientes de fuentes de acceso público como una excepción al principio de finalidad.
  • Fuentes de licitud: la Cámara de Diputados propuso excluir a los datos recolectados de una fuente de acceso público como fuente de licitud, lo que fue rechazado y se discutirá su admisibilidad en la Comisión Mixta.
  • Tratamiento de datos a través de un tercero: del mismo modo, se analizará en la Comisión Mixta la procedencia de los deberes, por parte del tercero o mandatario, de reportar las vulneraciones a las medidas de seguridad, y a quién o quiénes realizarlo.
  • Tratamiento de datos personales por organismos públicos: la Cámara de Diputados propuso la sujeción de los organismos públicos a un régimen especial contenido en el Proyecto, en cuanto al tratamiento de datos personales que involucre actividades de protección a víctimas y testigos, lo que fue rechazado, debiendo ser discutido posteriormente en la Comisión.
  • Tratamiento de datos personales por organismos dotados de autonomía constitucional: sobre el tratamiento de datos personales efectuado por organismos como el Congreso Nacional, Poder Judicial, Contraloría General, entre otros, la Cámara de Diputados optó por no sujetarlos a la regulación, fiscalización y supervigilancia de la Agencia, lo que fue rechazado, y será objeto de discusión posterior.
  • Transferencia internacional de datos personales: del mismo modo, se examinará la enumeración de aquellos casos en que serían lícitas dichas operaciones de transferencia, como también los distintos criterios a seguir por la Agencia para calificar un país como “adecuado”.
  • Ejercicio de los derechos de los titulares de datos personales: en la Comisión, se discutirá sobre la procedencia del i) derecho de cancelación; ii) derecho de oposición a valorizaciones personales automatizadas; iii) derecho de bloqueo; iv) la obligación de personas jurídicas extranjeras de designar un representante, entre otros.
  • Infracciones: la Cámara de Diputados propuso la incorporación de la i) entrega de información incompleta en el proceso de registro o certificación del modelo de prevención como infracción leve, y la ii) entrega “a sabiendas” de información falsa, incompleta, o manifiestamente errónea dentro del mismo proceso, como infracción grave. Ambos rechazados en el tercer trámite constitucional, siendo objeto de discusión posterior en la Comisión.
  • Sanciones: de igual forma, el Informe rechaza la modificación propuesta por la Cámara de Diputados referida al rango de magnitud de las multas aplicables en el caso de infracciones, y a la aplicación de una multa equivalente a un porcentaje de los ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades en el último año calendario, en caso de que sea una empresa la que incurra en una infracción grave o gravísima.


AUTORES: Guillermo Carey, José Ignacio Mercado, Iván Meleda. Ricardo Alonso



Altavoz, el podcast legal de Carey Síguenos en Wechat Síguenos en Instagram Síguenos en YouTube