Alertas Legales

Convención sobre la Apostilla
25 de agosto de 2016


A partir del 30 de agosto de este año, comenzará a operar en Chile la “Convención sobre la Apostilla” por la cual se suprime el requisito de legalización de documentos públicos extranjeros, modificando la forma de acreditar su autenticidad mediante un trámite único. Así, para poder ser utilizados en Chile, bastará el hecho de haberse otorgado Apostillas por el funcionario competente (en este caso extranjero) sin necesitar de una certificación adicional.

Asimismo, los documentos emitidos en Chile para ser utilizados en un país miembro del Convenio de la Apostilla que hayan sido certificados mediante una Apostilla, serán reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de certificación.

La Convención sobre la Apostilla tiene efecto solamente en países que han suscrito y ratificado el mencionado instrumento, que actualmente son 112 (listado disponible en https://www.hcch.net/es/instruments/conventions/status-table/?cid=41).

Respecto de países que no sean miembros de la Convención sobre la Apostilla, se deberá usar el procedimiento tradicional de legalización de documentos.

Modelo de Apostilla chilena

El reglamento contempla la forma de la Apostilla chilena de acuerdo al siguiente modelo:
https://apostilla.gob.cl/wp/wp-content/uploads/2016/02/Publicacion-Reglamento-Ley-20.711-2828.11.1529.pdf

apostilla

 



AUTOR: Óscar Aitken.



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