Alertas Legales

Someten a consulta ciudadana nuevo reglamento sobre información del precio unitario de productos
07 de noviembre de 2023


El Ministerio de Economía publicó la nueva propuesta de Reglamento sobre información del precio por unidad de medida de productos (Decreto N° 229 del año 2002), que busca mejorar la transparencia y calidad de la información proporcionada a los consumidores en relación con los precios de los productos, tanto en tiendas físicas, como en línea, para que puedan tomar decisiones de compra informadas y fomentar una competencia justa en el mercado.

En líneas generales, la propuesta del reglamento consultado pretende introducir las siguientes actualizaciones de modificación:

  • La ampliación de la obligación de informar más allá de los supermercados, abarcando a los vendedores que comercializan sus productos presencialmente o a través de plataformas de comercio electrónico;
  • La eliminación del listado de productos sujetos a la aplicación reglamentaria;
  • Referencia explícita la obligación de informar el Precio por Unidad de Medida (“PPUM”) en (a) productos que tengan una indicación de la cantidad a cuya magnitud deberán referirse, y (b) en los productos formados por unidades o piezas de idéntica naturaleza que se comercializan en un mismo envase. Pudiendo informarse en unidades de masa, volumen, longitud;
  • Excepcionalmente, se establece que no será obligatorio informar el PPUM para una lista acotada de productos, siendo estos: (i) los productos de diferente naturaleza que se vendan en un mismo envase; (ii) los productos que se comercializan en cantidades inferiores a 50 gramos o mililitros, con excepciones; (iii) los productos suministrados con ocasión de la prestación de un servicio; (iv) los productos que se vendan en subasta pública; (v) las obras de arte o antigüedades; (vi) los productos que se comercialicen a través de máquinas expendedoras, dispensadoras o de venta automática; (vii) productos no envasados que se vendan en porciones, por ejemplo, porciones individuales de helados o pasteles; y (viii) productos preparados de consumo inmediato ofrecidos en las cafeterías o restaurantes presenciales o a través de plataformas de comercio electrónico;
  • La obligación de que el precio de venta como el precio por unidad de medida se indiquen de manera inequívoca, fácilmente identificables y legibles, situándose en el mismo campo visual del consumidor;
  • La obligación de expresar el precio por unidad de medida en moneda de curso legal (peso), en un texto que indique “$[precio] por [unidad de medida]”.

La consulta ciudadana estará vigente hasta el 13 de noviembre de 2023 y en los siguientes enlaces es posible acceder a: minuta de la consulta; propuesta de Reglamento y formato de observaciones y/o comentarios.



AUTORES: Guillermo Carey, Ignacio Gillmore, Cristina Busquets, Kureusa Hara.



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