Alertas Legales

SII dicta Resolución Exenta N° 128, que establece forma de declaración y pago de impuestos establecidos en el Decreto Ley N° 3.475 de 1980 sobre Impuesto de Timbres y Estampillas
05 de enero de 2023


El 29 de diciembre de 2022, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dictó la Resolución Exenta N° 128, que viene a dejar sin efecto, a su vez, a la Resolución Exenta N° 2.824 de 1994, permitiendo a los contribuyentes el pago del impuesto establecido en el Decreto Ley N° 3.475 sobre Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) por medios electrónicos.

En línea con lo anterior, los sujetos responsables del pago del ITE deberán declarar y pagar dicho impuesto por medio de los formularios electrónicos N° 24 y N° 24.1, los cuales están especialmente destinados para la declaración del ITE y se encuentran disponibles en la página web del SII (www.sii.cl). La forma de acceder a los referidos formularios será mediante el Rol Único Tributario del contribuyente y la Clave Tributaria o Clave Única de éste, en la sección “Servicios Online”.

Desde la fecha de la emisión de la Resolución y hasta el 31 de marzo de 2023, los contribuyentes podrán declarar y pagar el ITE en papel o por medio de la nueva vía electrónica establecida en la Resolución. A contar del 1 de abril de 2023, la única forma de realizar la declaración y pago de ITE será mediante la nueva vía electrónica.

No se indica un medio alternativo de cumplimiento para ciertos casos, como por ejemplo, contribuyentes extranjeros sin RUT u otros.



AUTORES: Diego Peralta, Fernando Noriega, Felipe Reyes.



Altavoz, el podcast legal de Carey Síguenos en Wechat Síguenos en Instagram Síguenos en YouTube