Alertas Legales

Ministerio de Salud modifica Plan Paso a Paso
03 de mayo de 2021


Con fecha 30 de abril de 2021 se publicó en el Diario Oficial la Resolución Nº414 del Ministerio de Salud, que modifica la Resolución Nº43, y dispone que (i) Se permite la realización y asistencia a funerales, matrimonios, acuerdos de unión civil y cultos religiosos, utilizando el permiso de desplazamiento respectivo. El aforo en funerales no podrá ser mayor a 20 personas en espacios abiertos, o mayor a 10 en espacios cerrados. El aforo máximo en matrimonios no podrá ser superior a 10 personas. El aforo máximo en cultos religiosos no podrá exceder las 10 personas; (ii) Se autorizan las actividades deportivas, sólo en lugares abiertos. Podrán concentrarse un máximo de 10 personas; (iii) En el caso de los centros comerciales, el aforo máximo del establecimiento será de una persona por cada 10 metros cuadrados.



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