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24/7/2014

Informe del Secretariado OCDE: Evaluación del Régimen de Control de Concentraciones en Chile

1. Introducción En julio de 2014, el Secretariado de la OCDE lanzó su “Evaluación del Régimen de Control de Concentraciones en Chile”. Este informe hace un análisis del sistema de control de operaciones de concentración en nuestro país, identifica los principales problemas y hace recomendaciones destinadas a solucionar las falencias. La conclusión clave de la evaluación es que el régimen de control de concentraciones “carece de transparencia, seguridad jurídica y predictibilidad”1. Tras este dictamen, se sugiere una serie de propuestas para subsanar las fallas del sistema que provocan dicha conclusión. 2. Principales Recomendaciones a) Incorporar al Decreto Ley 211 (DL 211) el régimen de control de concentraciones. b) Dentro del ámbito de control de las Concentraciones:

  • Definir por ley qué son las “Operaciones de Concentraciones”, para saber qué operaciones serán sometidas a control;
  • Señalar cómo se notificará a las autoridades de una cierta operación. Se recomienda un régimen de notificación obligatorio o híbrido2. Asimismo, se sugiere establecer sanciones en caso de falta de notificación.
  • Establecer umbrales de notificación.

c) Relativo a las Facultades y Procedimientos de Análisis de Concentraciones:

  • Fijar un procedimiento de análisis de concentraciones de 2 fases. En la primera etapa, las operaciones no problemáticas serían evaluadas y aprobadas. En la segunda, se evaluarían las operaciones más complejas. Se sugiere que las facultades de análisis sean ejercidas por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
  • (TDLC).
  • En el mismo informe se sugieren dos opciones para implementar el proceso de dos fases:
    • Opción 1: Fase I a cargo de la FNE, y Fase II ante el TDLC;
    • Opción 2: Fase I y II ante la FNE, y revisión judicial del TDLC.

1 Evaluación del Régimen de Control de Concentraciones en Chile , Informe Secretariado OCDE, OCDE 2014, p.7 2 Sistema obligatorio sobre ciertos umbrales

  • Satisfacer las condiciones de equidad en el análisis de control de concentraciones. Para ello, se debe asegurar:
    • Que el plazo para realizar el análisis sea razonable y determinable;
    • Que a las Partes les sea proporcionada información suficiente cuando la soliciten, que haya transparencia en la toma de decisiones, y que las Partes sepan cómo y cuándo proponer condiciones o alternativas;
    • Que el proceso de análisis tenga un efecto suspensivo, establecido por ley;
    • Transparencia general, a fin de que el público conozca toda la normativa; y
    • Confidencialidad, a fin de proteger la información confidencial y privilegiada.
  • Aclarar qué ocurrirá en el caso de operaciones, que por no alcanzar los umbrales, no sean notificables; pero que igualmente susciten problemas de competencia, según si podrán ser o no analizadas de oficio y bajo qué supuestos.
  • Emitir una política con respecto al plazo de prescripción de la facultad de análisis de las operaciones, tanto ex ante como ex post.

d) Fijar por ley el estándar sustantivo para el Análisis de Concentraciones. Asimismo, debe proporcionarse orientación clara relativa a los factores cualitativos y cuantitativos que son determinantes en el control sustantivo. Se sugiere también incorporar un procedimiento expedito y simplificado, para el caso de operaciones que superen los umbrales de notificación, pero que no generen problemas competitivos. e) Incluir en la ley sanciones y medidas de apremio para el caso del incumplimiento de las obligaciones comprendidas en la ley; tales como la falta de notificación, por la consumación de una operación bajo análisis, obstrucción a la recopilación de información e incumplimiento de las condiciones. Estas sanciones serían distintas de las contenidas en el Artículo 26 del DL 211 (las cuales se aplican a conductas anticompetitivas). 3. Conclusión El Informe es el resultado de una investigación llevada a cabo por la OCDE, que contiene meramente recomendaciones. Las conclusiones y propuestas en el contenido aún tienen que ser discutidas por los órganos legislativos correspondientes. El Gobierno de Chile ha declarado que enviará un proyecto de ley al Congreso, con la finalidad de mejorar el actual régimen de control de operaciones de concentración, incorporando las recomendaciones propuestas por la OCDE.

Autores: Lorena Pavic