Alertas Legales

INAPI facilita la presentación de documentos por medios digitales
09 de julio de 2020


El Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) emitió recientemente la circular N° 524, en la cual se dispone que será posible ingresar copias digitales simples (escaneadas) de poderes de representación, sin requerir que se acompañe el documento original ni un documento electrónico con firma electrónica avanzada, posibilitando así continuar en forma expedita con los trámites de solicitudes de registro, renovaciones, anotaciones, entre otros, durante el período de cuarentena generada por Covid-19.

Adicionalmente, el INAPI ha establecido que, en materia de cesiones, transferencias y cambios en la titularidad de privilegios industriales, será posible también presentar las anotaciones de estos actos con copias digitales simples de los documentos que funden dichos actos, tales como los contratos de cesión o transferencia, documentos que acrediten el cambio del nombre o fusión del titular de un registro o solicitud de privilegio industrial, de manera que se pueda continuar con la tramitación normal de estos procedimientos de anotación.

Antes de la vigencia de la circular N° 524, era necesario presentar ante INAPI los documentos mencionados en los párrafos anteriores de manera física o electrónica, siempre que estos últimos contaran con firma electrónica avanzada, lo que en las condiciones actuales de contingencia por alerta sanitaria resulta imposible puesto que el Instituto no se encuentra prestando atención presencial, a pesar de que se encuentra completamente operativo de forma digital y remota.

Si bien esta medida se encuentra motivada en la pandemia que estamos enfrentando, dicha circular regirá de manera permanente en el futuro, facilitando la tramitación digital de los procedimientos ante INAPI.

Por último, es necesario agregar que, en dicha circular, el INAPI se reserva la potestad de solicitar posteriormente en el curso del trámite de que se trate, la exhibición y/o acompañamiento del documento original que haya sido presentado bajo la modalidad descrita anteriormente, en especial para aquellas actuaciones en que se realicen actos de disposición de privilegios industriales, tal como la renuncia y/o desistimiento, renovación, entre otros, así como cuando haya dudas sobre la autenticidad del algún documento presentado de manera virtual.



AUTORES: Francisco Carey, Fernando García.



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