Alertas Legales

Gobierno ingresa proyecto de ley que establece medidas tributarias vinculadas al Plan de Emergencia por la Protección de los Ingresos y la Reactivación Económica y del Empleo
06 de julio de 2020


Con el objetivo de la fomentar la reactivación económica del país, con fecha 25 de junio de 2020, fue ingresado a la Cámara de Diputados un proyecto de ley con las nuevas medidas tributarias anunciadas hace algunas semanas por el Gobierno.

Las medidas consisten en las siguientes:

(i)      Rebajar en un 50% el Impuesto de Primera Categoría para aquellos contribuyentes que se encuentren acogidos al Régimen Pyme de la Ley sobre Impuesto a la Renta (“LIR”), por las rentas que obtengan durante los años comerciales 2020, 2021 y 2022.

(ii)      Para aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos para acogerse al Régimen Pyme de la LIR, se establece la opción de solicitar un reembolso del crédito fiscal IVA soportado en la adquisición de bienes o utilización de servicios entre los meses de enero y mayo de 2020.

Esta medida requiere el cumplimiento de diversos requisitos, entre otros:

(i) mantener un saldo acumulado de crédito fiscal IVA a junio de 2020,
(ii) experimentar una disminución de los ingresos de, al menos, el 30%;
(iii) haber presentado todas las declaraciones de IVA en los últimos 36 meses, y
(iv) no mantener deudas tributarias.

El reembolso del crédito fiscal deberá ser restituido a través del pago del IVA generado en las operaciones normales que se efectúen a contar del mes siguiente en que se realice la solicitud de reembolso. En caso de no efectuar operaciones gravadas con IVA en los meses siguientes, de igual manera deberá realizarse la restitución de acuerdo a la forma indicada en el proyecto.

(iii) Ampliar el mecanismo de depreciación instantánea de 100% para las inversiones en activo fijo realizadas en todo el país, hasta el 31 de diciembre de 2022. Adicionalmente, se permite la depreciación instantánea respecto de los siguientes activos intangibles: (i) derechos de propiedad industrial; (ii) derechos de propiedad intelectual y (iii) nuevas variedades vegetales.

(iv) Liberación del pago de la contribución regional de 1% para proyectos iniciados hasta el 2021. Esta liberación no altera la obligación de declaración.

El contenido del proyecto puede ser revisado accediendo acá.



AUTORES: Jessica Power, Manuel José Garcés, Andrés Carrasco.



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