El 23 de julio de 2025, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) emitió la Norma de Carácter General N°541, que modifica la Circular N°1 de Emisores No Bancarios, la Circular N°1 de Operadores de Tarjetas de Pago y el Capítulo 8-41 de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN). El objetivo es armonizar la regulación aplicable a emisores no bancarios y operadores del sistema de tarjetas de pago.
Aspectos clave:
Para emisores:
- Exigir a PSP que acrediten cumplimiento normativo en materia de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y armas de destrucción masiva.
- Estándares mínimos para contratos con operadores, subadquirentes y PSP.
- Informar infracciones a normas del Banco Central, como cesación de pagos o no restitución de fondos.
- Actualización de fórmula y metodología de reserva de liquidez.
- Reglas de interoperabilidad para permitir pagos y transferencias entre entidades.
Para operadores:
- Requisitos específicos para PSP que presten servicios de liquidación y pago: objeto exclusivo, capital mínimo y contratos definidos.
- Nuevas condiciones para la adquirencia y subadquirencia transfronteriza, incluyendo autorización por jurisdicción y mitigación de riesgos cambiarios.
- Se incorpora la consultoría en prevención de fraude y lavado como actividad complementaria.
- Deber de información trimestral sobre actividades complementarias y clientes atendidos.
Otros cambios:
- Se ajusta el Capítulo 8-41 RAN respecto de contratos entre emisores y entidades afiliadas o subadquirentes.
- Las entidades con solicitudes de inscripción como operadores subadquirentes o prestadores de adquirencia transfronteriza tendrán 90 días hábiles bancarios para adecuarlas y reenviarlas a la CMF.