Alertas Legales

Ley sobre Transformación Digital del Estado
21 de noviembre de 2019


Con fecha 11 de noviembre se publicó la Ley N° 21.180 sobre Transformación Digital del Estado. Su finalidad es dar inicio al proceso de digitalización y modernización de los procedimientos administrativos seguidos ante los órganos de la administración del Estado.

Entre las principales innovaciones que se incorporarán en virtud de la Ley de Transformación Digital del Estado, podemos destacar las siguientes:

  • Será obligatorio que todo procedimiento llevado a cabo ante un órgano de la administración del Estado deba realizarse a través de procedimientos electrónicos mantenidos por cada entidad pública en un expediente electrónico. Sólo en casos excepcionales, establecidos por ley, podrán efectuarse procedimientos en medios físicos.
  • Las comunicaciones que se realicen entre órganos de la administración del Estado deberán realizarse a través de medios electrónicos, remitiéndose copias electrónicas de éstas a los interesados en el procedimiento administrativo.
  • Todo documento que se acompañe a un procedimiento administrativo deberá realizarse de manera electrónica. Los documentos en soporte papel deberán ser digitalizados y su autenticidad e integridad se corroborará de la manera que determine un futuro reglamento. Los documentos electrónicos se regirán por las disposiciones sobre firma electrónica de la Ley N° 19.799.
  • El poder para obrar en un procedimiento administrativo podrá constar en documento suscrito mediante firma electrónica. Se exigirá firma electrónica avanzada o escritura pública cuando la solemnidad del acto así lo requiera.
  • En materia de notificaciones, se cambia el antiguo sistema de notificación por carta certificada a un sistema de domicilios digitales únicos, el cual se compondrá por las direcciones de correo electrónico que dispongan los interesados en un procedimiento y cuyo registro llevará el Servicio de Registro Civil e Identificación, conforme a un reglamento que se dictará a futuro.

La entrada en vigencia y la aplicación gradual de la Ley de Transformación Digital del Estado será determinada por un reglamento que deberá ser dictado dentro de un año. Con todo, el plazo máximo para su completa entrada en vigencia y aplicación es de cinco años a contar desde la publicación de la ley.



AUTORES: Ignacio Gillmore, Camilo Lledó, Sergio Cifuentes.



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