Alertas Legales

Presentan en Congreso proyectos de ley para que TDLC fije precios máximos de alimentos y materiales de construcción de viviendas
23 de julio de 2021


El pasado 25 de mayo, los diputados Karim Bianchi, Boris Barrera, Jaime Naranjo, Alexis Sepúlveda y Pedro Velásquez presentaron un proyecto de ley que busca asignar al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (“TDLC”) la atribución de fijar precios máximos al consumidor de alimentos y materiales de construcción, en caso de estado de excepción constitucional. Asimismo, con un solo día de diferencia, el 26 de mayo, los senadores Carlos Bianchi, Loreto Carvajal y Álvaro Elizalde presentaron un proyecto prácticamente idéntico. Actualmente, ambos proyectos se encuentran en su primer trámite constitucional en sus respectivas cámaras de origen.

Según los proyectos de ley, éstos nacen a partir de las alzas de precios en la canasta básica familiar en el contexto de la pandemia por el Covid-19, aludiendo a un aumento en el precio de 51 de los 76 productos que componen dicha canasta, en tanto, “en los últimos 12 meses los precios locales registran una variación acumulada de 3,4%”.

En concreto, ambos proyectos buscan incorporar dentro de las atribuciones y deberes del TDLC la de dictar, luego de declarado el estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, las instrucciones de carácter general necesarias para fijar los precios máximos al consumidor, de los alimentos y materiales para la conservación y reparación de la vivienda que formen parte de la canasta de bienes y servicios elaborada por el INE.

Al respecto, el pasado 13 de julio de 2021, la Corte Suprema evacuó los informes relativos a los proyectos de ley en cuestión. En particular, el máximo tribunal hace una serie de observaciones a ambos proyectos, las que en general dicen relación con una serie de falencias, tanto a nivel de contenido, como procedimental en dichos proyectos:

  • Las iniciativas en ningún momento aluden a ninguna relación entre el aumento de precios y alguna práctica anticompetitiva o presencia de un mercado imperfecto, por lo que no se condicen con los fines del TDLC, que son “prevenir, corregir y sancionar los atentados a la libre competencia”.

    Por lo tanto, se trataría de una atribución que no es propiamente jurisdiccional, sino más bien de una materia de política pública, cuyo contenido debiese establecerse por ley.
  • Por otro lado, se destaca que desde la perspectiva de la regulación económica ha sido cuestionada la medida de fijar precios máximos debido a que pueden generar la escasez de los productos objeto de la medida.
  • Asimismo, se señala que el proyecto no se refiere a los otros casos de estados de excepción constitucional, ni a la aplicación en zonas territoriales específicas.
  • Finalmente, se observa que en caso de que se insistiera en una reforma de este tipo, la propuesta debería regular también un procedimiento para su dictación e impugnación.


AUTORES: Lorena Pavic, José Pardo, Raimundo Gálvez.



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