Alertas Legales

Nuevo Decreto que modifica el Reglamento Sanitario de los Alimentos
03 de julio de 2015


El Decreto sugiere ubicar los descriptores en la esquina superior derecha de la cara principal de la etiqueta. Los alimentos que deban incluir más de un descriptor,
deben hacerlo según la disposición que ordena el Decreto.

El tamaño de la advertencia dependerá del área de la cara principal de la etiqueta, según la siguiente tabla:

Área de la cara principal de la etiqueta Dimensiones de símbolo (alto y ancho)
Menor a 30 cm2 Rotula en el envase mayor que los contenga
Entre 30 y menor a 60 cm2 1,5 x 1,5 cm
Entre 60 y menor a 100 cm2 2,0 x 2,0 cm
Entre 100 y menor a 200 cm2 2,5 x 2,5 cm
Entre 200 y menor a 300 cm2 3,0 x 3,0 cm
Mayor o igual a 300 cm2 3,5 x 3,5 cm

4. Aplicación

El Decreto N°13 entrará en vigencia 12 meses después de su publicación en el Diario Oficial, es decir, el día 26 de junio de 2016. Los límites de contenido de energía, sodio, azúcares totales y grasas saturadas en alimentos entrarán en vigencia en forma progresiva, como se indica en la siguiente tabla:

- Alimentos sólidos:

Nutriente o Energía Fecha de entrada en vigencia
(26 de junio de 2016)
24 meses después de la entrada en vigencia
(26 de junio de 2018)
36 meses después de la entrada en vigencia
(26 de junio de 2019)
Energía
Kcal/100 grs.
 350  300  275
Sodio mg/100 grs.  800  500  400
Azúcares Totales g/100 grs. 22,5 15 10
Grasas Saturadas g/100 grs. 6 5 4

- Alimentos líquidos:

Nutriente o Energía Fecha de entrada en vigencia (26 de junio de 2016) 24 meses después de la entrada en vigencia (26 de junio de 2018) 36 meses después de la entrada en vigencia (26 de junio de 2019)
Energía Kcal/100 grs. 100 80 70
Sodio mg/100 grs. 100 100 100
Azúcares Totales g/100 grs. 6 5 5
Grasas Saturadas g/100 grs. 3 3 3


AUTORES: Fernando García, Cristina Busquets.



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