Alertas Legales

Nuevo Decreto que modifica el Reglamento Sanitario de los Alimentos
03 de julio de 2015


2. Etiquetado

La etiqueta de los alimentos “altos en” deberá contener la información relativa a los nutrientes adicionados.

La regulación aplica tanto para alimentos sólidos como líquidos, distinguiendo uno de otro por su forma de medición para determinar si son o no “altos en”, esto es, en gramos o mililitros, respectivamente.

3. Simbología

La forma de destacar las características nutricionales del producto será por medio de una advertencia de forma octagonal de fondo color negro y borde blanco que en su interior señale el texto “ALTO EN”, seguido por el nombre del nutriente que corresponda que, en la parte inferior, deberá contener el texto “Ministerio de Salud”. En caso que el envase sea menor a 30 cm², deberá rotularse el envase mayor que contenga a los envases menores.

Los símbolos se fijarán en la cara principal de la etiqueta de los productos. Si el envase es de tamaño mayor a 30 cm² y menor a 60 cm², podrá rotularse en una cara distinta a la principal.

na-julio-2015



AUTORES: Fernando García, Cristina Busquets.



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